Sección de Prevención de Riesgos Laborales
Encargado
Javier Rojas León
Correo: personas@laserena.cl
Dirección: Matta #240
Teléfono: 512-206600
Horarios
Lunes a Jueves
08:30 a 14:00 hrs y 15:00 a 17:30 hrs
Viernes
08:30 a 14:00 hrs y 15:00 a 16:30 hrs
Principales Funciones
- Dar a conocer y promover el reglamento interno de orden, higiene y seguridad, para su cumplimiento por parte de los funcionarios.
- Reconocer, evaluar y controlar los riesgos presentes en el trabajo.
- Planificar y elaborar un plan de acción para educar al personal municipal y disminuir la exposición al riesgo laboral, la ocurrencia de accidentes y enfermedades profesionales.
- Coordinar con entes externos y con la mutualidad capacitaciones del personal.
- llevar registro de información y evaluación estadística completas de accidentes y enfermedades profesionales y computar como mínimo la tasa mensual de frecuencia y la tasa semestral de gravedad de los accidentes del trabajo.
- Investigar las causas que originan accidentes del trabajo y enfermedades profesionales al Personal municipal.
- Elaborar, proponer y desarrollar programas de prevención de riesgos.
- Participar y asesorar al o los comités paritarios, supervisores y línea de administración técnica en las reuniones ordinarias y extraordinarias.
- Ejecutar y desarrollar un plan de evacuación de los edificios municipales.
- Programar y ejecutar los simulacros de evacuación de personas.
- Mantener actualizadas las mantenciones de los extintores existentes en las dependencias municipales.
- Revisar y reportar el estado de las redes contra incendios de las dependencias municipales.
- Elaborar y llevar a cabo un programa de acción educativa de prevención de riesgos y promover la capacitación y adiestramiento de los trabajadores, en coordinación con las mutualidades, organismo al que se encuentre adherido el municipio.
Sección de Prevención de Riesgos Laborales
A la sección de prevención de riesgos laborales le corresponderá cumplir con lo dispuesto en la ley n° 16.744 y sus modificaciones que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, además de planificar, organizar, asesorar, supervisar y promover acciones permanentes para disminuir la exposición al riesgo, la ocurrencia de accidentes y enfermedades profesionales, en coordinación con el comité paritario y la mutualidad de empleadores a la cual se encuentre adherido el municipio.